Ley 8/2022, del 11 de noviembre, de sucesión voluntaria paccionada o contractual de las Islas Baleares: una visión desde Ibiza y Formentera

Autores/as

Palabras clave:

pluralidad de derechos civiles en materia sucesoria, archipiélago de las islas Baleares y las Pitiusas, diversidad de pactos.

Resumen

La aprobación de la Ley 8/2022, de 11 de noviembre, de sucesión voluntaria paccionada o contractual de las Islas Baleares, constituye un hito histórico en el desarrollo, la protección y el reconocimiento de los derechos civiles en el archipiélago en materia hereditaria, frente a lo que hasta ahora preveían, de forma muy limitada, los respectivos libros de la Compilación de derecho civil de las Islas Baleares. Estamos ante un texto, redactado por el Consejo Asesor de Derecho Civil de las Islas Baleares, con participación también del Consejo Asesor de Derecho Civil Propio de Ibiza y Formentera, que ha asumido de forma plena el Parlamento de las Islas Baleares y que se ha aprobado unánimemente, y por vía meteórica, entre el 20 de julio y el 25 de octubre de 2022. La exposición de motivos y el texto normativo evidencian, en materia sucesoria paccionada o contractual, la existencia innata de las Baleares «estrictas» (Mallorca y Menorca), por un lado, y de las Pitiusas, por el otro. Y de los derechos civiles respectivos, que en virtud de esta norma se han actualizado y modernizado debidamente, sin perjuicio de preservar los principios que les son propios y característicos. El derecho civil propio de Ibiza y Formentera presenta con la nueva Ley, incluso, más muestras de pactos sucesorios que el derecho civil de Mallorca (y Menorca). La regulación trasciende, en todo el archipiélago, a la mera regulación civil y afecta también a la consideración de los respectivos derechos civiles como elementos primordiales de la cultura y el talante de cada isla. El fortalecimiento de la competencia civil por el conjunto de los poderes autonómicos queda claramente evidenciado y se inicia un camino que puede implicar una ampliación orgánica de esos derechos civiles de forma indudable.

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Publicado

2025-05-16

Número

Sección

Estudios